Texto trabajado: NORMAS DE CONVIVENCIA – Renovación del Acuerdo Normativo sobre Convivencia Escolar.
1. Identifica el problema/s, lo instituido, lo instituyente, lo real, lo simbólico.
El texto plantea la construcción de una cultura democrática, las normas de convivencia en una escuela se deberían alinear con el proyecto educativo y los fines institucionales. Las normas de convivencia escolar no tienen sólo un propósito legal; buscan educar y sociair jordan 1 element dallas cowboys slippers mens red and black jordan 1 custom football jerseys air max 97 sale custom hockey jerseys air max 270 women jordan 4 cheap cheap basketball jerseys air jordan 1 ja morant jersey original air max 97 sale asu football jersey wmns air 1 mid nike air jordan 1 elevate low alizar. Se dejó de lado la mirada punitivista de las normas de convivencia.
Esa perspectiva punitivista que se abandonó es lo que vino a ser reemplazado por estos AEC (acuerdos escolares de convivencia) que son “gestionados” por los CEC (consejos escolares de convivencia) y que son conversadas y retrabajadas de manera constante. Los CEC tienen (o deberían tener) participación al menos de directivos, docentes y estudiantes. En este sentido y tal como se señala en el documento “Normas de Convivencia. Renovación del Acuerdo Normativo sobre Convivencia Escolar” del Ministerio de Educación de la Nación, ser participante en la construcción de un acuerdo institucional supone haber podido intervenir en su proceso de producción.
En la institución abordada, el IPEM 268 Deán Funes, puede distinguirse como uno de los problemas la fuerte separación entre el “adentro” y el “afuera” de la escuela. Se separa así un exterior (sociedad) del interior (escuela). Puertas adentro del colegio parecería que los acuerdos tienden a ser “fuertes” y que, en general, se cumplen. De hecho, cuando ocurren transgresiones a los AEC, las formas instituidas de abordaje funcionan dentro de lo esperado. Sin embargo, puertas afuera, ocurren hechos de violencia y otras faltas graves que son de difícil detección, control y sanción. Los estudiantes parecerían desplazarse fuera del colegio para “no transgredir” los acuerdos, cuando de hecho sabemos que sí lo hacen. Puertas afuera los AEC son más “débiles”. Lo que, paradójicamente, da una continuidad entre el adentro y el afuera, es el uso de las redes sociales. Los estudiantes a menudo comentan que escriben cosas agresivas en muros y páginas anónimas. Eso puede derivar en violencia física (peleas) en las inmediaciones del colegio, que en no pocas ocasiones son filmadas y subidas a las redes, retroalimentando la violencia.
2. Caracterizar a la institución: el IPEM 268 Deán Funes
La institución IPEM 268 Deán Funes, ex colegio nacional transferido a la provincia en 1993, es una escuela secundaria ubicada en el barrio Nueva Córdoba. Ocupa una manzana, trabajan en ella más de 250 docentes y su población escolar es de unos 1500 estudiantes (sin contar el turno noche, CENMA). Se trata de una de las escuelas públicas más grandes de la capital. En el año 2022 se cumplió el centenario de la institución (la sede del actual edificio tiene unos 50 años).

Puede decirse que tiene una tradición democrática muy arraigada: desde la recuperación de la democracia se celebran elecciones de centro de estudiantes. En las últimas décadas, los estudiantes han tenido una activa participación en movimientos estudiantiles intercolegiales. También han participado intensamente en el Consejo de Convivencia Escolar, aquel que define las normas de convivencia como también aquel que aplica las sanciones en caso de transgresión de las mismas. Este consejo está integrado por integrantes del cuerpo directivo, por estudiantes y por representantes docentes elegidos por los estudiantes (tutores de curso: referentes a cargo de habilitar la escucha cuando en el curso se suceden problemas o inquietudes, independiente de los contenidos de las materias).
La redacción de los Acuerdos Escolares de Convivencia (AEC) es realizada por este consejo; luego, se remite el documento al departamento de legales del ministerio de educación de la provincia, donde se hacen las observaciones jurídicas pertinentes y, luego, se devuelve al colegio. Estas correcciones suelen hacerse cada cierto tiempo, más o menos seis u ocho años.
Cuando los acuerdos son transgredidos, se reúne el consejo para decidir la sanción a aplicar, pero en realidad hay formas alternativas, instituidas y validadas por el ministerio de educación, para la resolución de casos. Los AEC, los cuales son explicados cada año por los docentes tutores de curso y se hallan escritos en los cuadernos de comunicados, distinguen entre faltas leves y graves. En general, las faltas leves (interrumpir en clases, ausentarse de la clase, llegar tarde a clases, entre otras) suelen abordarse con charlas frecuentes con todo el curso o con los estudiantes involucrados. Participan los estudiantes, el o la docente tutor/ tutora del curso, la psicopedagoga o la coordinadora, la preceptora y, a veces, la vicedirectora. En cambio, las faltas graves (bullying, peleas y agresiones verbales, consumo o venta de sustancias en el colegio, ingresar a la institución escolar con armas, hurtos, entre otras) suelen resolverse con la intervención directa de los directivos quienes, en reunión con padres o tutores, a) elaboran un acta acuerdo como advertencia final al estudiante involucrado en el caso, o b) se conviene en dar el pase al estudiante para que vaya a otra institución. Si el caso lo amerita, se elabora un acta que se tramita vía inspección (que funciona dentro de la misma institución), y sigue su curso para el ministerio de educación.
3. ¿Cómo abordar la/s problemática/s desde la intervención institucional? Brinden acciones.
Las intervenciones posibles para los problemas de violencia escolar, esto es, las faltas graves que se suceden dentro y, sobre todo, fuera de la escuela, pero que haya una continuidad mediante el uso de las redes sociales, son complejas y arduas. Por un lado, son complejas porque deben rastrearse los orígenes de los problemas. En muchas ocasiones, los conflictos entre estudiantes ocurren por la transmisión de la violencia urbana al seno escolar (problemas que tienen origen en los barrios, en las canchas de fútbol, en los bailes…). Identificar los problemas a través de redes sociales es muy complejo para las autoridades y el equipo psicopedagógico del colegio. Si, de todos modos, pueden identificarse actores involucrados, la proliferación de páginas o muros en redes es de tal magnitud que es casi imposible atender todos los focos de conflicto.
En el documento “Normas de Convivencia. Renovación del Acuerdo Normativo sobre Convivencia Escolar” del Ministerio de Educación de la Nación, se señala que el desarrollo de una cultura democrática en la escuela no es la instalación de una anarquía pero si las decisiones se sometan a consulta, que haya una delegación adecuada de responsabilidades, que se legitimen las diferencias y se favorezca la toma de iniciativa de todos los actores escolares. En este sentido, la forma de atender la problemática, por otra parte, es ardua debido a que exige muchas reuniones, muchas charlas y, aun así, no hay garantías de que las propuestas de la escuela prevalezcan frente al “afuera”. No obstante, la intervención esencial en estos casos de violencia escolar y urbana es habilitar un espacio de escucha de los involucrados y un estado de diálogo permanente con ellos. La siguiente forma de trabajo de los problemas es la trayectoria escolar asistida (TEA), mediante la cual el estudiante no cursa en el colegio sino de forma “libre” y rinde materias al final del año. Si, de todas formas, los problemas recrudecieran, los protocolos del ministerio de educación establecen una última línea de trabajo: actas acuerdos con los padres o tutores de los involucrados y/o el pase de la institución para que los involucrados continúen sus trayectos en otros colegios. La tarea de construir un acuerdo de convivencia escolar supone abordar el desafío de establecer una verdadera comunicación entre todos: directivos y docentes, docentes y alumnos, familias y escuela, personal de apoyo educativo y personal docente, etc. (Documento “Normas de Convivencia. Renovación del Acuerdo Normativo sobre Convivencia Escolar”).